- Saber que el Anexo III es "la lista de restringidos" no te sirve de nada si no sabes leer una fila: qué columna trae el límite, cuál la advertencia obligatoria y cuál te dice que estás mirando el anexo equivocado.
- Las tablas de los anexos tienen nueve columnas (a–i) con significado preciso — y el error de compliance más común nace de leer mal una sola de ellas.
- En esta guía leemos una entrada real (ácido salicílico, III/98) celda por celda, y terminamos verificando un ingrediente de punta a punta en nuestro buscador.
1. Por qué leer una fila importa más que conocer la lista
Si trabajas en regulatorio o formulación ya sabes qué es cada anexo del Reglamento (CE) 1223/2009: el II prohíbe, el III restringe, el IV/V/VI son las listas positivas de colorantes, conservantes y filtros UV. Si necesitas ese mapa, lo tienes en nuestra guía sobre qué cubre cada anexo del Reglamento 1223/2009.
Esta guía empieza donde esa termina. Si todavía necesitas contexto sobre qué es CosIng y cómo funciona la base de datos, esa es la primera parada. Aquí asumimos que ya sabes qué es CosIng y vamos directamente al trabajo: tener una fila del Anexo III delante y extraer de ella un veredicto operativo: ¿puedo usar este ingrediente, en este producto, a esta concentración, con qué frase obligatoria en la etiqueta?
Y eso es leer columnas. Vamos a ello.
2. La anatomía de una entrada del Anexo III: las nueve columnas
Cada entrada del Anexo III (sustancias restringidas) tiene nueve columnas, etiquetadas de la (a) a la (i). Suena a mucho — pero en realidad solo responden cuatro preguntas:
Una entrada del Anexo III, vista de un vistazo
La cita
Nº de referencia
¿QUÉ sustancia es?
Nombre químico / DCI
Glosario común (INCI)
Nº CAS
Nº CE
¿DÓNDE se permite?
Tipo de producto
¿CUÁNTO?
Concentración máxima
¿Con qué CONDICIONES?
Otras restricciones
Advertencias obligatorias
Las letras internas de f y g se leen en paralelo: el límite a) corresponde al tipo de producto a).
Ese es todo el mapa mental que necesitas: qué sustancia es (azul), dónde se permite (verde), cuánto (dorado) y con qué condiciones (rojo). Con ese mapa en la cabeza, el detalle de cada columna:
| Col. | Encabezado | Qué significa en la práctica |
|---|---|---|
| a | Número de referencia | El ID estable de la entrada en ese anexo. No es el CAS ni el INCI: es el número que citas en tu expediente ("entrada 98 del Anexo III"). |
| b | Nombre químico / DCI | El nombre químico o la Denominación Común Internacional. Identificación técnica, no de etiqueta. |
| c | Nombre común del glosario de ingredientes | El nombre del glosario común (Art. 33) — en la práctica, el INCI que va en tu etiqueta. |
| d | Número CAS | El identificador universal del Chemical Abstracts Service. La forma más fiable de buscar sin ambigüedad. |
| e | Número CE | El número del catálogo europeo de sustancias (EINECS/ELINCS). |
| f | Tipo de producto, partes del cuerpo | Dónde aplica la restricción: productos que se aclaran (rinse-off), que no se aclaran (leave-on), capilares, mucosas… Una entrada puede traer varias categorías internas: a), b), c)… |
| g | Concentración máxima en el preparado listo para el uso | El límite. Y atención: las letras internas de esta columna se corresponden 1:1 con las letras de la columna f. |
| h | Otras | Restricciones adicionales que no son ni concentración ni advertencia: condiciones de pureza, finalidad de uso, prohibición de combinar con otras sustancias. |
| i | Texto de las condiciones de empleo y advertencias | La frase literal y obligatoria que debe llevar la etiqueta. No es una recomendación: es texto legal. |
Dos aclaraciones que evitan confusiones:
- La cabecera vieja y la nueva. El texto original de 2009 agrupaba las columnas de otra forma (la identificación de la sustancia iba en un solo bloque). Las entradas modificadas desde ~2019 y la vista actual de CosIng usan este desglose de nueve columnas. El contenido es equivalente; la presentación cambia según la antigüedad del PDF que tengas delante.
- Las letras internas. Cuando una entrada distingue varios tipos de producto, las columnas f, g, h e i se subdividen con letras — y esas letras se leen en paralelo: el límite a) de la columna g aplica al tipo de producto a) de la columna f. Leerlas cruzadas es el error de interpretación más común que existe.
3. Ejemplo real: ácido salicílico (III/98), celda por celda
Teoría lista. Ahora una entrada real, leída como la leería un profesional. El ácido salicílico — el activo de medio mercado de productos anti-acné y exfoliantes — está en el Anexo III, entrada 98. Así se ve esa fila con los datos reales:
Anexo III — entrada 98: ácido salicílico, de un vistazo
La cita
Nº de referencia
98 — se cita como «III/98» en tu PIF o en una auditoría
¿QUÉ sustancia es?
Nombre químico / DCI
Salicylic acid (ácido 2-hidroxibenzoico)
Glosario común (INCI)
Salicylic acid — lo que aparece en la etiqueta
Nº CAS
69-72-7 — búscalo siempre por este número
Nº CE
200-712-3
¿DÓNDE se permite?
Tipo de producto
a) Capilares que se aclaran · b) Otros productos
¿CUÁNTO?
Concentración máxima
a) 3,0 % · b) 2,0 %
¿Con qué CONDICIONES?
Otras restricciones
Solo para fines NO conservantes — y debe ser evidente en la presentación del producto
Advertencias obligatorias
No usar en menores de 3 años (excepto champús) · No usar en aplicaciones inhalables · No usar en productos bucales
Las letras internas de f y g se leen en paralelo: el límite a) corresponde al tipo de producto a).
Lo que esta única fila te enseña:
- "Permitido" no significa nada sin la columna f. El ácido salicílico al 3 % es legal en un champú e ilegal en una crema facial. La concentración no es una propiedad del ingrediente: es una propiedad del par ingrediente + tipo de producto.
- Las advertencias de la columna i no son consejos. Son obligaciones de etiquetado. Si tu producto las omite, el producto es no conforme aunque la concentración sea correcta.
- La columna h cambia el partido completo. "Para fines distintos de inhibir microorganismos" significa que esta entrada regula el salicílico como exfoliante/anticaspa/queratolítico. Si lo usas como conservante, esta NO es tu entrada — y eso nos lleva a la sección 5.
Por cierto: el ácido salicílico tiene además clasificación CMR categoría 2 bajo el Reglamento CLP, y sigue siendo utilizable porque pasó por la excepción del Artículo 15 con dictamen favorable del SCCS. Si quieres entender ese mecanismo (cómo una clasificación química puede prohibir un ingrediente cosmético), lo explicamos en nuestra guía de ECHA para cosmética.
4. "Concentración máxima en el preparado listo para el uso": qué significa de verdad
La columna g no dice "concentración máxima" a secas. Dice "en el preparado listo para el uso", y ese matiz importa:
- El límite se mide sobre el producto final, tal como llega al consumidor — no sobre la materia prima, no sobre una premezcla, no sobre la fase de fabricación.
- Si vendes un producto concentrado pensado para diluirse antes de usarse, el límite se evalúa sobre la forma diluida lista para usar.
- Y al revés: si compras una materia prima que ya viene diluida al 10 %, lo que cuenta es cuánto ácido salicílico activo termina en tu fórmula final, no el porcentaje de la materia prima que añadiste.
Es un cálculo de regla de tres que se hace en treinta segundos — y que, hecho mal, convierte un producto conforme en uno retirable.
5. El mismo ingrediente en dos anexos: III/98 y V/3
Aquí está la lección que casi nadie cuenta y que la columna h ya nos adelantó. El ácido salicílico aparece dos veces en los anexos:
| Entrada | Función regulada | Límite |
|---|---|---|
| Anexo III, entrada 98 | Uso NO conservante (exfoliante, anticaspa, queratolítico…) | 3,0 % capilar rinse-off · 2,0 % otros |
| Anexo V, entrada 3 | Uso como conservante | 0,5 % (expresado en ácido) |
¿Qué entrada aplica a tu fórmula? Depende de para qué lo usas — y la prueba no es lo que tú digas, sino lo que la "presentación del producto" evidencie (eso dice la columna h). Si tu etiqueta promete "exfoliación con BHA", estás en III/98. Si el salicílico está ahí solo para conservar la fórmula, estás en V/3 con un límite cuatro veces más estricto.
Y no es un caso aislado. Los colorantes multifunción son el otro ejemplo clásico: el dióxido de titanio (Titanium Dioxide) vive en el Anexo IV como colorante — declarado como CI 77891 — y a la vez en el Anexo VI como filtro UV (entradas 27 y 27a, esta última la forma nano), con un máximo del 25 % y condiciones específicas para formas en polvo y aplicaciones en spray. Mismo ingrediente, dos anexos, dos regímenes: si lo usas para dar color, te rige el IV; si lo usas para proteger del sol, te rige el VI — y si en tu fórmula hace las dos cosas, cumples los dos.
Leer una sola de las entradas de un ingrediente y parar es el error clásico de no conformidad. Por eso, cuando verifiques un ingrediente, la pregunta nunca es "¿en qué anexo está?" sino "¿en cuántos anexos está, y cuál aplica a mi caso?". Puedes comprobarlo ahora mismo: busca "salicylic acid" en el buscador de la base CosIng y verás ambas entradas con sus anexos.
6. Cómo se leen los demás anexos
La buena noticia: si sabes leer el Anexo III, sabes leer todos. Las diferencias:
- Anexo II (prohibidas) — la tabla más fácil de leer, porque solo tiene cuatro columnas: número de referencia, nombre químico/DCI, CAS y CE. No hay columna de concentración ni de condiciones. ¿Por qué? Porque la respuesta es siempre la misma: cero. Si está aquí, no se usa, punto.
- Anexo IV (colorantes) — añade una columna propia: el Colour Index (CI), la nomenclatura con la que los colorantes se declaran en la etiqueta (CI 77891 en lugar de "Titanium Dioxide", por ejemplo). Y un matiz que confunde a muchos: los colorantes destinados a teñir el pelo están excluidos del Anexo IV — los tintes capilares se regulan como sustancias restringidas en el Anexo III.
- Anexo V (conservantes) y Anexo VI (filtros UV) — misma estructura de columnas que el III, pero con una diferencia conceptual: son listas positivas. En el III lees "está restringido, ¿puedo?"; en el V y el VI lees "¿está en la lista? Si no está, no puedes usarlo como conservante / filtro UV", aunque el ingrediente no esté prohibido para otras funciones.
7. CosIng vs. el texto legal: lo que la base de datos te dice (y lo que no)
CosIng es la base de datos pública de la Comisión Europea donde todo esto se consulta. Cuatro cosas que hay que saber para leerla bien:
- CosIng no tiene valor legal. Lo dice la propia Comisión: la base tiene "finalidad informativa" y solo el Reglamento y sus modificaciones publicadas en el Diario Oficial tienen valor jurídico. CosIng es el índice cómodo; el texto consolidado en EUR-Lex es la ley. Para decisiones que comprometen un lote, verifica contra el texto legal.
- Ingrediente vs. sustancia (la convención I/S). CosIng distingue ingredients (entradas del inventario de nomenclatura, en MAYÚSCULAS, símbolo "I") de substances (las entradas reguladas de los anexos, en minúsculas, símbolo "S"). Que un ingrediente exista en el inventario no significa que esté autorizado: el inventario no es una lista positiva.
- Activo vs. no activo. Las entradas tienen versiones históricas. "Not active" significa que estás mirando una versión superada. Verifica siempre que la entrada que lees esté activa — trabajar sobre una versión vieja es de los errores más caros que existen.
- El glosario común se actualiza. Los nombres de la columna c salen del glosario común de nombres de ingredientes (Art. 33), cuya versión vigente es la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1175 (deroga la 2022/677): más de 30.000 nombres, con periodo transitorio hasta julio de 2026. Si tu etiqueta usa un nombre del glosario viejo, tienes hasta el 30 de julio de 2026 para adaptarla.
8. Cómo verificar un ingrediente de punta a punta
El flujo completo, con la base CosIng que mantenemos siempre al día:
- Identifica sin ambigüedad. Consigue el INCI y, sobre todo, el número CAS del ingrediente. Buscar por nombre comercial o por sinónimos es la primera fuente de errores.
- Busca por CAS en el buscador. Te devuelve todas las entradas donde aparece la sustancia, con su anexo y su concentración máxima.
- ¿Está en el Anexo II? Fin de la conversación: no se usa. (Si te interesa por qué llegó ahí, suele ser una clasificación CMR — puedes verlo en la lista de sustancias CMR.)
- ¿Está en el Anexo III? Lee la entrada completa: columnas f y g en paralelo (tipo de producto ↔ límite), columna h (¿regula tu uso o otro distinto?), columna i (advertencias que van a tu etiqueta).
- ¿Lo usas como conservante, colorante o filtro UV? Entonces verifica además los anexos V, IV o VI: para esas funciones rige la lista positiva, no la ausencia de prohibición.
- ¿Es un alérgeno de declaración obligatoria? Revisa la lista de alérgenos: si supera los umbrales (0,001 % leave-on / 0,01 % rinse-off), va declarado individualmente en la etiqueta.
- Documenta la referencia. En tu PIF, cita la entrada por su número de referencia ("III/98"), no solo por el nombre — es la única cita inequívoca y estable.
Los errores que más vemos: leer las letras de las columnas f y g cruzadas (asignar el 3 % a la crema facial), verificar solo un anexo cuando el ingrediente vive en dos, calcular el límite sobre la materia prima en lugar del producto final, y copiar la advertencia de la columna i "resumida" en lugar de literal.
9. Preguntas frecuentes
¿Qué significa cada columna del Anexo III? Nueve columnas (a–i): número de referencia, nombre químico/DCI, nombre del glosario (INCI), CAS, CE, tipo de producto, concentración máxima en el preparado listo para el uso, otras restricciones, y condiciones de empleo y advertencias.
¿Qué quiere decir "concentración máxima en el preparado listo para el uso"? Que el límite se mide sobre el producto final tal como lo usa el consumidor — no sobre la materia prima ni sobre concentrados intermedios.
¿Qué diferencia hay entre el número CAS, el número CE y el INCI? El CAS es el identificador químico universal; el CE es el número del catálogo europeo (EINECS/ELINCS); el INCI es el nombre de etiquetado que sale del glosario común de ingredientes.
¿Qué es el número de referencia de un anexo? El ID estable de cada entrada dentro de su anexo (ej. III/98). Es la forma correcta de citar una restricción en un expediente — no es el CAS.
¿Un mismo ingrediente puede estar en más de un anexo? Sí, según su función. El ácido salicílico está en el Anexo III (entrada 98, uso no conservante: 3 %/2 %) y en el Anexo V (entrada 3, como conservante: 0,5 %). El dióxido de titanio está en el Anexo IV (colorante, CI 77891) y en el Anexo VI (filtro UV, entradas 27/27a).
¿Las advertencias de la última columna son obligatorias? Sí. La columna i es texto legal de etiquetado, no una recomendación. Omitirla hace el producto no conforme.
¿La información de CosIng es legalmente vinculante? No. CosIng tiene finalidad informativa; el valor legal está en el Reglamento 1223/2009 y sus modificaciones publicadas en el Diario Oficial (texto consolidado en EUR-Lex).
¿Dónde sale el nombre INCI oficial de un ingrediente? Del glosario común de nombres de ingredientes (Art. 33), cuya versión vigente es la Decisión (UE) 2025/1175 — obligatoria desde el 30 de julio de 2026.
¿Cómo sé si un ingrediente está permitido en cosmética en la UE? Búscalo por CAS en el buscador → si está en el Anexo II, no se usa → si está en el III, lee sus condiciones → si lo usas como conservante/colorante/filtro UV, verifica las listas positivas (V/IV/VI) → revisa si es alérgeno declarable.
¿Cada cuánto cambian los anexos? Sin calendario fijo: cambian cuando se publica un reglamento de la Comisión que los modifica. Por eso monitorizamos las fuentes upstream en lugar de re-leer los anexos a mano.
10. En resumen
Los anexos del 1223/2009 no se "consultan": se leen. Y leerlos bien es una habilidad concreta — saber qué columna trae el límite, cuál la condición que decide qué entrada te aplica, y cuál la frase que tiene que aparecer literal en tu etiqueta. La diferencia entre un producto conforme y una retirada de mercado cabe, muchas veces, en una sola celda mal interpretada.
La parte mecánica — encontrar todas las entradas de una sustancia, en todos los anexos, siempre en su versión vigente — es exactamente lo que automatizamos: nuestra base CosIng se actualiza con cada modificación del reglamento y el buscador te da todas las entradas de un ingrediente de una sola vez. La parte de criterio — decidir qué entrada aplica a TU producto — esa sigue siendo tuya. Como debe ser.
Te respondemos en menos de 24 horas laborables. Si tienes un ingrediente concreto que no sabes cómo interpretar, cuéntanoslo en el formulario y lo vemos contigo.