Sustancias restringidas en cosmética — Anexo III del Reglamento UE 1223/2009
Sobre el Anexo III
El Anexo III del Reglamento (CE) 1223/2009 lista las sustancias que pueden utilizarse en productos cosméticos únicamente bajo condiciones específicas definidas por el legislador europeo. Para cada entrada, el anexo establece la concentración máxima permitida, las categorías de producto en las que su uso está autorizado (enjuague o sin aclarado, uso en niños, etc.), las condiciones adicionales aplicables y las advertencias de etiquetado obligatorias que el fabricante debe incluir. La evaluación de seguridad previa del SCCS es el requisito previo para cualquier modificación de este listado. Las restricciones pueden variar según el área de aplicación —cabello, piel, mucosas— y la población objetivo —adultos, niños de menos de tres años—. BD-API permite a las Personas Responsables verificar en tiempo real si sus formulaciones cumplen con las condiciones vigentes del Anexo III, integrando la información de CosIng en sus flujos de auditoría.
¿No sabés cómo interpretar las columnas (Ref. No., Conc. máx.)? → Guía: cómo leer los anexos paso a pasoIngredientes del Anexo III(primeros 100 de 381)
Mostrando 100 de 381 ingredientes
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